Gabriel Mariotto
Vice gobernador de la Pcia de Bs As
El multimedio clarin debe cumplir con la ley de Medios Audiovisuales y la “cláusula de desinversión”, se trata del artículo 161 de la ley.
"La Corte Suprema de Justicia de la Nacion Argentina en forma UNANIME, le puso plazo al Grupo Clarín tal como se lo conoce hasta ahora y debe cumplir con la Ley de Medios Audiovisuales y la “cláusula de desinversión”, se trata del artículo 161 de la ley.
El próximo 7 de diciembre vencerá la medida cautelar que le permite mantener la propiedad de señales de televisión y radios por encima de lo que establece la Ley de Medios Audiovisuales.
Ese día caducará la medida provisional que mantiene frenada la aplicación de un artículo de la Ley de Medios Audiovisuales.
¿Cuál? Justamente el que establece límites a los grupos empresarios poderosos en el mercado de la radio y la televisión. Popularmente se la conoce como la “cláusula de desinversión”, y se trata del artículo 161 de la ley.
Para evitar posiciones dominantes o monopólicas, la ley previó que cada operador pudiera tener una cantidad determinada de señales de radio y televisión, y con limitaciones que facilitaran la competencia.
Por ejemplo, no pueden coexistir señales de aire y cable de un mismo dueño en un mismo lugar de influencia.
En consonancia con lo que establece la ley en ese aspecto, la norma fijó un plazo para que quienes estuvieran en infracción (aún por situaciones anteriores, como en el caso de Clarín) se adecuaran a la nueva normativa.
FUENTE. http://tiempo.infonews.com
La Corte precisó que el 7 de diciembre vence la medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín que suspendió el art. 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El fallo completo.
Raices Peronistas
¡¡¡SIEMPRE con NESTOR y CRISTINA, SIEMPRE!!!
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